miércoles, 8 de febrero de 2012

SIP critica duro golpe al “periodismo fiscalizador” en Ecuador


Miami (8 de febrero de 2012).- La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) calificó de “desproporcional” y “duro golpe para el periodismo investigativo y fiscalizador”, un fallo judicial en Ecuador que condenó a dos periodistas a pagar dos millones de dólares al presidente Rafael Correa, en indemnización en un juicio por supuesta difamación.
Juan Carlos Calderón y Christian Zurita, coautores del libro “El gran hermano”,  fueron condenados ayer a pagar un millón de dólares cada uno en indemnización al Presidente de Ecuador por daño moral. El primer mandatario interpuso una demanda en febrero de 2011 por el contenido del libro en contra de los periodistas, quienes denuncian la realización de contratos irregulares y privilegiados entre el Estado ecuatoriano y el hermano mayor del presidente, Fabricio Correa.
En reiteradas ocasiones, incluso ante una delegación internacional de la SIP que se destacó en Quito el año pasado, los dos periodistas rechazaron la acusación sobre que mintieron en su libro. Argumentan que el propio Fabricio Correa denunció ante ellos los hechos.
El presidente de la SIP, Milton Coleman, dijo que “la gravedad de esta sentencia desproporcional al supuesto daño causado, radica en que inhibirá a otros periodistas a realizar investigaciones, impide que el gobierno rinda cuentas sobre asuntos públicos, creará autocensura y desalentará a los medios de su función periodística, aspectos todos fundamentales para una democracia”.
Coleman, senior editor del The Washington Post, agregó que el dictamen va en contra principios interamericanos sobre libertad de expresión. Entre ellos, Coleman se refirió a la “proporcionalidad de la reparación, la necesidad de que los funcionarios públicos deben estar más expuestos a la crítica”, y, especialmente, a que este fallo “desconoció el criterio de la real malicia o la comprobación de que el demandado tuvo intención expresa de causar un daño”.
La SIP resalto, además, que en un reciente fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 29 de noviembre de 2011, “Caso Fontevecchia y D’Amico vs. Argentina”, se argumentó que las medidas civiles de responsabilidad ulterior pueden también configurar censura indirecta con un carácter de mayor inhibición que las responsabilidades penales.
Respecto a la desproporcionalidad de la sentencia, la SIP recordó la declaración conjunta de 2000 entre el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre Libertad de Opinión y Expresión, el Representante de la OSCE sobre Libertad de los Medios y el Relator Especial de la OEA para la Libertad de Expresión.
La declaración, asumiendo jurisprudencia de orden interamericano, estableció lo siguiente: “Las sanciones civiles por difamación no deben ser de tales proporciones que susciten un efecto inhibitorio sobre la libertad de expresión, y deben ser diseñadas de modo de restablecer la reputación dañada, y no de indemnizar al demandante o castigar al demandado; en especial, las sanciones pecuniarias deben ser estrictamente proporcionales a los daños reales causados, y la ley debe dar prioridad a la utilización de una gama de reparaciones no pecuniarias”.
En este sentido, la SIP puso de ejemplo una tendencia creciente en el continente en materia de proporción de las penas. En la reciente aprobación de la despenalización de los delitos de difamación en El Salvador, el Congreso estableció techos para las compensaciones, para evitar indemnizaciones desmesuradas que podrían inducir a la quiebra o cierre de medios de comunicación.
El fallo contra los periodistas Calderón y Zurita fue dictado por la jueza Quinta de lo Penal de Pichincha, María Mercedes Portilla. La demanda original del presidente Correa solicitaba 10 millones de dólares en compensación.
El presidente Correa, entre otros juicios contra la prensa, tiene pendiente otro caso contra los directivos del diario El Universo y un ex director de Opinión, por el cual los demandados ya fueron condenados a tres años de cárcel y a pagarle una indemnización de 40 millones de dólares. El fallo está siendo apelado.
La SIP es una entidad sin fines de lucro dedicada a la defensa y promoción de la libertad de prensa y de expresión en las Américas. Está compuesta por más de 1.300 publicaciones del hemisferio occidental; y tiene sede en Miami, Estados Unidos. Para mayor información, por favor visite http://www.sipiapa..org

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